15/7/19

- OBLIGACIONES DEL TITULAR DEL VEHÍCULO

EL TITULAR es aquella persona física o entidad fiscal que consta en el PERMISO DE CIRCULACIÓN, (no confundir con permiso de conducir, ni con el impuesto de circulación del ayuntamiento)  que expide Tráfico cuando se matricula un vehículo por primera vez o las siguientes por motivo de traspaso de propietario. En una palabra es  el dueño del coche. 

Como titular del vehículo está obligado a suscribir como mínimo un seguro obligatorio para cubrir los daños causados a terceros y a llevar al día el pago del seguro.

El titular puede ser a la vez conductor o no, en tal caso debe informar a la compañía para que incluya como conductor habitual, a la otra persona, ya que de lo contrario el seguro no se hará cargo de los siniestros que tenga. (es el caso de muchos padres que dejan el coche más viejo para que lo use el hijo con el carnet recién sacado)

El titular del vehículo debe en todo momento poder localizar su vehículo y al conductor.
El propietario no conductor responderá de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por
el conductor cuando esté vinculado con este por alguna de las relaciones que regulan los artículos
1.903 del Código Civil y 120.5 del Código Penal. Esta responsabilidad cesará cuando el
mencionado propietario pruebe que empleó toda la diligencia de un buen padre de familia para
prevenir el daño.
El propietario no conductor de un vehículo sin el seguro de suscripción obligatoria responderá
civilmente con el conductor del mismo de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por
este, salvo que pruebe que el vehículo le hubiera sido sustraído.

El conductor de vehículos a motor es responsable, en virtud del riesgo creado por la conducción
de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación.
En el caso de daños a las personas, de esta responsabilidad sólo quedará libre cuando pruebe
que los daños fueron debidos únicamente a la conducta o la negligencia del perjudicado o a fuerza
mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo; no se considerarán casos de fuerza
mayor los defectos del vehículo ni la rotura o fallo de alguna de sus piezas o mecanismos.

Si concurrieran la negligencia del conductor y la del perjudicado, se procederá a la equitativa
moderación de la responsabilidad y al reparto en la cuantía de la indemnización, atendida la
respectiva entidad de las culpas concurrentes.



La base de datos de la que están hablando es el FIVA (Fichero Informativo Vehículos Asegurados) del Consorcio de Compensación del Seguro.
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1/7/19

- ADELANTAR

Técnicamente adelantar es ponerse delante de otro, y eso es lo que pretenden con todas sus fuerzas los pilotos de carreras aún a riesgo de destrozar los coches o de destrozarse ellos mismos; todo esto naturalmente dentro de un circuito de competición.




En el día a día de la conducción todas la maniobras tienen la misma importancia, (iniciar la marcha, estacionar, cambiar de carril, cambiar de dirección, parar), aunque  el adelantamiento es con mucho la que más riesgo comporta y no es porque la gente no sepa llevarlo a cabo, sino que el error se produce en el momento de elegir dónde y cuándo adelantar. 

Los   tres momentos clave:

ANTES DE ADELANTAR:
*  Que no haya ninguna señal específica que prohíba el adelantamiento, ni linea continua.
*  Que no venga ningún vehículo en sentido contrario.
*  Que nuestro vehículo tenga potencia suficiente.
*  Que no haya ningún vehículo que haya iniciado la maniobra de adelantar antes que nosotros.
*  Señalizar con el intermitente izquierdo.
* Si es de noche pondremos las luces de cruce para no deslumbrar al vehículo al que nos vamos aproximando.     

MIENTRAS  VAMOS EN PARALELO:
Llevar  una velocidad notoriamente superior al que se pretende adelantar sin sobrepasar los límites de velocidad.
*  Mantener una separación lateral suficiente para realizarlo con seguridad.
*  Si a medio adelantar vemos que no es seguro, disminuir la velocidad y volver a nuestro carril.
*  Si es de noche podemos llevar las luces de carretera.

DESPUÉS DE ADELANTAR:
*  Volveremos a nuestro carril señalizándolo con el intermitente de la derecha y de una manera progresiva de tal manera que no le cortemos el paso. 
*   Si es de noche y no viene nadie en sentido contrario podemos seguir con las luces de carretera.

Pero las obligaciones no son únicamente para los vehículos que pretenden  adelantar, sino que los que van a ser adelantados también deben facilitar la maniobra ciñiéndose a la derecha, no aumentando  la velocidad y cambiando las luces de carretera por las de cruce.

No hay que olvidar a los conductores que se "pican" y no consienten que nadie les adelante, o se ponen entre ellos a hacer carrera con lo cual adelantan sin tener en cuenta ninguna precaución y lo que es peor poniendo en riesgo a los demás que no esperan tal comportamiento. 

En resumidas cuentas, para adelantar es importante la seguridad por tres razones fundamentales:
1.-La velocidad que utilizamos cuando hacemos la maniobra es mucho mayor que en cualquiera de las demás,
2.-Porque implicamos a otro vehículo y
3.-Porque nos metemos en sentido contrario y si no lo  hacemos con seguridad y decisión hay demasiadas cosas en juego.

Así que SI PUEDES ADELANTAR, ADELANTA; 
SI NO PUEDES, NO ADELANTES,
PERO ANTE LA DUDA  MEJOR QUE NO ADELANTE